Porque Dña Carmen Rodríguez-Medel, titular del Juzgado de Instrucción N 51 de Madrid al igual que Dña Mercedes Alaya, Dña Pilar de Lara. D. José Castro y seguramente la inmensa mayoría de Magistradas/os y Jueces cuya labor jurisdiccional desconocemos, constituyen una verdadera referencia ética y profesional para todos aquellos que confiamos en la Administración de Justicia para facilitar protección efectiva a las victimas y denunciantes de corrupción .
La personación de ACC&FACC responde a nuestro interés profesional de apoyar un proceso de instrucción serio, transparente y alejado de cualquier tipo de presión social y política para canalizar 3 objetivos muy concretos
Identificar el número de victimas reales y los perjuicios causados a las mismas.
Fijar las responsabilidades individuales y colectivas que correspondan a los investigados de forma objetiva e imparcial, evitando cualquier cálculo o presión política.
Se promueva la aplicación del Plan de Contingencia Económica “Pandemia Coronavirus” http://abogadoscontralacorrupcion.es/?p=1808 para evitar que situaciones como la presente se vuelvan a producir en un futuro.
Nuestra participación profesional en este procedimiento facilitará a todas las partes personadas (Magistrada, Ministerio Fiscal, Acusaciones populares y particulares y Defensas) nuestro conocimiento en materia de transparencia y orientación a resultados para las víctimas y ciudadanos, lo que les permitirá canalizar sus pretensiones jurídicas garantizando sus derechos constitucionales en el presente procedimiento
Desgraciadamente en ACC&FACC no contamos con medios económicos para financiar nuestra intervención profesional y ello porque la constitución formal de la Fundación Abogados contra la Corrupción ha sido PARALIZADA por la acción conjunta del MINISTERIO DE JUSTICIA (http://abogadoscontralacorrupcion.es/?p=330) y la BANCA TRIODOS (http://abogadoscontralacorrupcion.es/?p=411) por lo que hemos solicitado la exención de fianza y el nombramiento de Procurador de oficio.